Abogado: licenciado en derecho que efectúa la defensa y el
asesoramiento de su cliente ante la justicia.
Absolución: acto por el que se pone fin a una demanda, a un
pleito o se declara no culpable a un acusado.
Acto
de conciliación: reunión de las dos
partes de un litigio ante el juez con el fin de evitar la celebración del
juicio.
Agresión: delito
consistente en actuar contra la integridad de otra persona.
Albacea: persona designada por el difunto para hacer cumplir
lo indicado en el testamento.
Alegato: escrito en el que el abogado defensor aporta las
razones de la inocencia de su cliente.
Alguacil: oficial inferior de justicia que debe realizar las
acciones que le sean ordenadas por el tribunal.
Allanamiento
de morada: delito que consiste en
entrar en una casa o propiedad ajena sin consentimiento.
Apelación: recurso que se presenta ante un tribunal o
autoridad para conseguir que cambie una resolución, sentencia o decisión
dictada por ese mismo organismo.
Auto: resolución judicial que se emite en los casos en
que no se necesita sentencia.
Citación:
notificación en la que se convoca a alguien a comparecer en algún acto judicial
o administrativo.
Delito: acción u omisión que se realiza con conciencia de hacerla
o por negligencia.
Demanda: reclamación judicial que se emite contra alguien
con el fin de iniciar un proceso legal.
Denuncia: declaración pública de un hecho contrario a la ley
ante autoridades judiciales o policiales.
Derecho
administrativo: orden jurisdiccional
que se ocupa de todos los casos relacionados con la Administración.
Derecho
civil: orden jurisdiccional que se
ocupa del derecho privado, es decir, de las relaciones de las personas
particulares con sus bienes y con otras personas.
Derecho
penal: conjunto de normas
establecidas que se refieren a la capacidad del Estado para imponer penas a los
ciudadanos que hayan cometido delitos o faltas.
Desacato: delito que comete alguien cuando injuria o
desobedece a una autoridad que ejerce como tal.
Embargo: retención o privación de los bienes de una persona.
Se realiza por orden de una autoridad judicial o administrativa.
Expropiación: privación de la propiedad de algún bien que
generalmente lleva a cabo la Administración a cambio de una indemnización o
compensación.
Fallo: sentencia de un juez en la que se condena o
absuelve al imputado.
Falta: hecho voluntario que la ley castiga con penas
leves.
Fiscal: abogado
que representa al Estado y realiza la acusación ante un tribunal.
Forense: médico especialista al que la justicia le encarga
aclarar o resolver aspectos médicos vinculados a procesos legales. Son
funcionarios pertenecientes al Ministerio de Justicia.
Fuerza
mayor: causa que justifica el
incumplimiento de algo por ser inesperada y no depender de la voluntad de la
persona a la que le sucede.
Genocidio: asesinato de parte o la totalidad de la población
de un lugar por razones políticas, religiosas, culturales o étnicas.
Herencia: bienes materiales de una persona que pasan de forma
legal a propiedad de otra u otras tras el fallecimiento del dueño.
Homicidio: delito que se comete al matar a alguien sin
alevosía ni ensañamiento.
Impugnar: acción por la que se presenta un recurso contrario
a una resolución emitida por un juez.
Indemnización: compensación que recibe alguien a cambio del
perjuicio que haya sufrido.
Injuria: dicho o hecho en el que se deshonra a alguien.
Inmunidad
parlamentaria: privilegio que tienen
los senadores y diputados por el cual no podrán ser detenidos en los casos que
indiquen las leyes.
Instancia: documento que se presenta ante algún organismo
público con el fin de solicitar algo.
Juez: persona con
poder para juzgar y sentenciar de acuerdo con las normas y las leyes
establecidas previamente. Son nombrados oficialmente tras aprobar una
oposición.
Juez árbitro:
persona nombrada por las partes para decidir sobre su litigio de acuerdo con
las leyes. Debe ser letrado, pero no tiene porque ser Juez de manera oficial.
Libertad
bajo fianza: aquella que se concede
a un detenido mientras se tramita la causa por la que ha sido imputado.
Libertad
condicional: la que obtiene un preso
por buena conducta antes de que termine su condena. La dictamina un juez cuando
se producen determinadas circunstancias.
Libertad
provisional: se le concede a un
imputado en una causa penal, mientras ésta se tramita. Tienen que producirse
determinadas circunstancias, además de que la pena correspondiente al delito
sea menor.
Libertad
vigilada: medida dictada por un Juez
u otro organismo con autoridad que ordena vigilar a alguien.
Litigio: proceso judicial entre dos o más
personas.
Malos
tratos: delito que alguien comete
cuando ejerce violencia física o psíquica contra personas con las que convive.
Mejora
de una herencia: parte añadida que
alguien recibe de una herencia, además de la que se le conceda por ley a causa
del parentesco.
Parricidio: asesinato de algún familiar cercano, ascendiente o
descendiente propio o por parte del cónyuge.
Pena: castigo que un juez impone a alguien que cometió un
delito o falta, basándose siempre en el Código Penal.
Perito: persona con
determinados conocimientos que debe declarar en un juicio sobre los asuntos
relacionados con su especialidad.
Potestad: poder que se tiene sobre algo o alguien.
Procurador: representante ante la justicia de un tercero. Está
capacitado para recibir avisos y ejecutar acciones en su nombre.
Querella: escrito formal que ha de presentarse ante el Juez
con la intervención del abogado y del procurador. Con ella se inicia un proceso
penal contra alguien y quien la interpuso será la parte acusadora.
Recurso: impugnación o reclamación presentada para intentar
que se rectifique una resolución judicial a partir de los motivos alegados.
Sentencia: decisión emitida por un Juez o Tribunal. Da
solución a todo lo planteado en el proceso judicial.
Testamento: documento por el cual una persona determina
quiénes serán los propietarios de sus bienes una vez que fallezca.
Testigo: persona que debe prestar declaración ante el Juez.
Tutor: persona encargada de cuidar a otra y con poder
legal sobre la misma.
Usufructo: derecho por el que una persona puede usar
los bienes de otra, aunque no pueda venderlos o deteriorarlos.
Usucapión: adquisición de una propiedad por haber hecho uso de
la misma de forma continuada durante un tiempo determinado y bajo las
circunstancias y condiciones indicadas por la ley.
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